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viernes, 24 de febrero de 2012

Acceso a las Playas en el Clamor de los Canchinos en Talcahuano


 Entrada a la Cantera al lado de la Caleta el Soldado
 Canchinos solicitan acceso a sus Playas

 Canchinos claman acceso a sus Playas






 ESTAN perdiendo la paciencia .





 Doña Angélica Dirigente de la Caleta el Soldado, acompaña a los Canchinos .




Masiva PROTESTA de los Canchinos
EL VIERNES 3 de febrero 2012 , los Canchinos , fastidiados, enojados , molestos  por no tener acceso a sus playas  , están rodeado por el mar  y no pueden acceder , sus raices, son  sus paseos a las hermosas playas , los  recorrido por los bosque de árboles nativos  y fauna .El problema la ARMADA con su Zona de Interés  Institucional  y la  apropiación de terrenos  lo señalan las demandas en la justicia  actualmente , pero no es problema de la Armada Local , esto esta radicado en los  Congresales  , Gobierno Regional  y Nacional , NO TIENEN LA CAPACIDAD ,  de entender que es una PENINSULA Y UN  ISTMO EN LA CIUDAD DE  TALCAHUANO , nuestra comuna NO PERTENECE AL CONTINENTE  , en cuanto a lo GEOMORFOLOGICO , en base  a la petición de los canchinos , me permito esta reflexión y agrego a esta , hay que tener  una  postura  ESTRATEGICA DE LA PENINSULA DE TUMBES , en lo relacionado con lo siguiente :
-se agotan las reservas de agua de la península , por plantaciones de PINO RADIATA Y EUCALIPTUS , parece una reserva forestal .esto en terrenos de la Armada
-extracción de arídos  es decir dos Canteras , pretexto en este momento , el material es para reconstrucción , se usa explosivo en una para extracción , por tanto continua el daño a la península , es mas viable traer arídos del continente .
-esta aumentando la cantidad de habitantes en la península , sin planificar la infraestructura vial , deportiva ,educacional, de salud  y segurudad pública .
-el terremoto del 27F, produjo fracturas en la penínsulas , estas no estan en conocimiento ciudadano  o en la planificación urbana , no esta claro el rol de SERNAGEOMIN , en este tema .
-la disminución del recurso HIDRICO  de los dos  bofedales o humedales , el de TAIGUEN  Y EL DE LAS CANCHAS .
.en la península estan las playas que la comuna , la  Región y el país necesita , para el turismo. recreación y desarrollo de los deportes  naúticos .
-catastratar el  conocimiento de los  Canchinos, Pescadores  de las  Caletas y lugareños delos cerros tradicionales  de la península .

El siglo XXI ,debe ser, de  trabajos en equipo con todos , para tener un DESARROLLO SUSTENTABLE , en nuestra comuna .

HERNAN PINO SEGUEL
CONCEJAL DE TALCAHUANO






Ley del mono para construcciones del deporte y la salud

LEY DEL MONO PARA  EQUIPAMIENTOS DE  DEPORTE Y SALUD
Esta iniciativa es importante para conocimiento en las poblaciones , ya que permite facilitar el TRAMITE , para regularizar las infraestructuras del deporte y la salud , estando estas interrelacionadas en el mejoramiento de la calidad de vida ,
                                          HERNAN PINO SEGUEL
                                         CONCEJAL DE TALCAHUANO

 Fuente :http://www.bcn.cl/guias/ley_mono


Presenta el procedimiento para regularizar la construcción de un recinto deportivo o de salud en poblaciones.


¿Cuál es el objetivo de esta ley?


Que las organizaciones comunitarias y deportivas, que hayan construido equipamientos deportivos o de salud con o sin permiso de edificación, y que no cuenten con recepción definitiva, puedan regularizar esta situación a través de un procedimiento simplificado.





¿Qué se entiende por regularizar un equipamiento deportivo o de salud?


En este caso, que la Dirección de Obras Municipales le entregue en forma simultánea el permiso de edificación y la recepción final de la construcción.





¿Qué requisitos deben cumplir las construcciones para acogerse a esta ley?


-         Ser anteriores al 31 de diciembre de 2005.


-         No estar emplazadas en áreas de riesgo o en áreas declaradas de utilidad pública.


-         En caso de equipamiento deportivo, estar destinado a estadios, centros y clubes deportivos, gimnasios, multicanchas, canchas, medialunas, piscinas cubiertas y descubiertas, pistas y otras semejantes.


-         En caso de equipamiento de salud, estar destinado a hospitales, clínicas, policlínicos, consultorios, postas u otras semejantes.


-         Cumplir con las normas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud.


-         Cumplir con las normas de seguridad contra incendio, de evacuación y de estabilidad estructural.





¿Cuáles son las normas de seguridad contra incendio, de evacuación y de estabilidad estructural que exige la ley?


Los requerimientos dependen del tipo de equipamiento. Por ejemplo, si se trata de una construcción deportiva de un solo piso, con una carga de ocupación de hasta 250 personas, se deberá adjuntar un plano simple suscrito por un profesional competente y un estudio de señalizaciones de seguridad, suscrito por un profesional especialista.





Cada caso está definido en el artículo 3º de la ley.





¿Dónde se presentan los antecedentes para regularizar una construcción?


En la Dirección de Obras Municipales respectiva,





¿Qué documentos hay que presentar? 

  • Croquis de ubicación a escala 1:500.
  • Plano de emplazamiento.
  • Planos de arquitectura elaborados por un profesional competente a escala 1:50, salvo que el Director de Obras Municipales autorice una escala distinta.
  • Cuadro de superficies edificadas.
  • Especificaciones técnicas resumidas: luz, agua, gas y alcantarillado.
  • Presupuesto de la obra.
  • Antecedentes del cumplimiento de las normas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud.
  • Antecedentes del cumplimiento de normas de seguridad contra incendio, de evacuación y de estabilidad estructural.




¿Cuánto cuesta el trámite?


Hay que pagar los derechos municipales, cuyo valor varía según el tipo de construcción. En todo caso ese valor se rebajará hasta en un 50%. Además, el Director de Obras Municipales podrá otorgar facilidades para su pago, pudiendo establecer cuotas bimestrales o trimestrales, reajustables según el índice de precios al consumidor (IPC) hasta por un plazo de 18 meses.





¿Cuál es el plazo para regularizar estas construcciones?


5 años desde la entrada en vigencia de la ley (28 de enero de 2014).





¿Qué plazo tiene la Dirección de Obras Municipales para entregar el certificado de regularización?


La Dirección de Obras tiene 180 días después de presentada la solicitud y los documentos correspondientes.



Nota: La información aquí contenida es un material de referencia para entender el funcionamiento de las leyes. En ningún caso debe ser considerada como la ley en sí, doctrina, argumento legal ni sustituto de un abogado.




                                            LEY NUMERO 20.324
LEY NÚM. 20.324 REGULARIZA LA CONSTRUCCIÓN DE BIENES RAÍCES URBANOS SIN RECEPCIÓN DEFINITIVA DESTINADOS A EQUIPAMIENTO DE DEPORTE Y SALUD      Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto de ley, originado en una moción de los Diputados señores Gonzalo Duarte Leiva, Jorge Burgos Varela, Jorge Insunza Gregorio de las Heras, Juan Carlos Latorre Carmona, Roberto León Ramírez, José Miguel Ortiz Novoa, Jorge Sabag Villalobos, Patricio Vallespín López y Alfonso Vargas Lyng, y de la Diputada señora Denise Pascal Allende      Proyecto de ley:
     "Artículo 1º.- Los organismos del Estado y las organizaciones comunitarias y deportivas, a que se refieren las leyes números 19.418 y 19.712, respectivamente, que sean propietarios de bienes raíces individualizados en el artículo 2º, que hayan construido con o sin permiso de edificación y que no cuenten con recepción definitiva podrán, dentro del plazo de cinco años, regularizar su situación, de acuerdo a las normas de edificación y al procedimiento simplificado que se señala más adelante.
     Artículo 2º.- Podrán acogerse a esta ley las construcciones anteriores al 31 de diciembre de 2005, que no se encuentren emplazadas en áreas de riesgo o en áreas con declaratoria de utilidad pública, siempre que al momento de ingreso de la solicitud de regularización no hubiere reclamación escrita por incumplimiento de normas urbanísticas ante la Dirección de Obras Municipales, la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo o los Juzgados de Policía Local respectivos, y sólo cuando estén destinadas a los siguientes usos:      1.- A equipamiento de deporte en establecimientos destinados a estadios, centros y clubes deportivos, gimnasios, multicanchas, canchas, medialunas, piscinas cubiertas y descubiertas, pistas y otras semejantes.      2.- A equipamiento de salud en establecimientos destinados a hospitales, clínicas, policlínicos, consultorios, postas u otras semejantes.      No obstante lo señalado en el inciso primero, las construcciones que estuvieren afectadas por declaratoria de utilidad pública, podrán acogerse a esta ley siempre que el propietario del inmueble renuncie por escritura pública a toda indemnización o pago de las construcciones emplazadas en dichas áreas cuando posteriormente se lleve a cabo la expropiación y cumpla con el procedimiento establecido en los incisos segundo y tercero del artículo 121 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.      Con todo, la renuncia estará vigente conforme a los plazos de caducidad que establece la Ley General de Urbanismo y Construcciones y ésta quedará sin efecto de pleno derecho una vez vencidos dichos plazos si no se perfecciona la expropiación respectiva. Sin perjuicio de lo anterior, si cesare la declaratoria de utilidad pública el renunciante podrá solicitar al Director de Obras Municipales la certificación respectiva para los efectos legales correspondientes.
     Artículo 3°.- Para su regularización, las construcciones deberán cumplir con las normas sanitarias dictadas por el Ministerio de Salud, de conformidad con las disposiciones del Código Sanitario y del decreto con fuerza de ley N° 1, del Ministerio de Salud, de 1990, y con las normas de seguridad contra incendio, de evacuación y de estabilidad estructural establecidas en la presente ley, en la forma que a continuación se indica:      1. Equipamiento de deporte:      a) Equipamiento en construcciones de un solo piso que contemple una carga de ocupación de hasta 250 personas: deberán adjuntar un plano simple suscrito por un profesional competente y un estudio de señalizaciones de seguridad, suscrito por un profesional especialista.      b) Equipamiento que contemple una carga de ocupación superior a 250 personas y de hasta 500: deberán adjuntar un informe de estabilidad estructural suscrito por un profesional competente y un estudio de señalizaciones de seguridad, suscrito por un profesional especialista.      c) Equipamiento que contemple una carga de ocupación sobre 500 personas: seguridad contra incendio que incluya, además, las medidas de evacuación, control de accesos y deberán cumplir las exigencias establecidas en la letra b) precedente y, además, el estudio de seguridad contra incendios deberá incluir un sistema automático de alumbrado de emergencia, independiente de la red pública para los efectos de iluminar las vías de escape y cumplir con las normas técnicas sobre elementos de protección y combate contra incendio dispuestas en el artículo 4.3.2. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.      Estos equipamientos deberán cumplir, cuando corresponda, con las disposiciones del artículo 4.8.2. Nº 3, letra a), y del artículo 4.8.4., ambos de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.      2. Equipamiento de salud:      a) Consultorios, policlínicos y postas de un solo piso: deberán adjuntar un plano simple suscrito por un profesional competente y un estudio de señalizaciones de seguridad, suscrito por un profesional especialista.      b) Equipamientos que no contemplan hospitalización: deberán adjuntar un informe de estabilidad estructural suscrito por un profesional competente y un estudio de seguridad contra incendio que incluya, además, las medidas de evacuación, control de accesos y señalizaciones de seguridad suscrito por un profesional especialista.      c) Equipamientos que contemplan hospitalización, excluyendo unidades de cuidado intensivo: deberán cumplir con las exigencias señaladas en la letra b) precedente y, además, el estudio de seguridad contra incendio deberá incluir un sistema automático de alumbrado de emergencia, independiente de la red pública para los efectos de iluminar las vías de escape, las cuales deberán cumplir con las normas técnicas sobre elementos de protección y combate contra incendio dispuestas en el artículo 4.3.2. y con las disposiciones de los artículos 4.2.16. y 4.3.7., todos de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.      d) Equipamientos que contemplan hospitalización, incluyendo unidades de cuidado intensivo: deberán cumplir con las exigencias señaladas en las letras b) y c) precedentes, y contemplar para las unidades de cuidado intensivo la división de esta área con respecto a otros recintos mediante muros y puertas de una resistencia al fuego de F-60 o superior. Además, dicha área deberá tener acceso a un pasillo o recinto protegido contra el fuego mediante elementos con una resistencia al fuego mínima de F-60.
     Artículo 4º.- Para los efectos de obtener el certificado de regularización, los interesados deberán presentar ante la Dirección de Obras Municipales respectiva una solicitud acompañada de los siguientes documentos:      a) Croquis de ubicación a escala 1:500.      b) Plano de emplazamiento.      c) Planos de arquitectura elaborados por un profesional competente a escala 1:50, salvo que el Director de Obras Municipales autorice una escala distinta.      d) Cuadro de superficies edificadas.      e) Especificaciones técnicas resumidas: luz, agua, gas y alcantarillado.      f) Presupuesto de la obra.      g) Los antecedentes que se señalan en el artículo 3º de la presente ley, según corresponda.
     Artículo 5º.- Las remisiones a las disposiciones de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones que se realizan en el artículo 3º de esta ley, se entenderán efectuadas al texto vigente de aquélla al momento de publicarse la presente ley.
     Artículo 6º.- Las Direcciones de Obras Municipales con el solo mérito de los antecedentes presentados, y acreditado el pago de los derechos municipales o la celebración de convenios de pago procederán, dentro del plazo de ciento ochenta días a contar de la fecha de presentación de la totalidad de los antecedentes exigidos por esta ley, a otorgar, si procediere, el correspondiente certificado de regularización.      En lo referido a la aplicación de esta ley, los funcionarios municipales quedarán exentos de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, sobre responsabilidad de los funcionarios.
     Artículo 7º.- Las municipalidades podrán desarrollar programas de regularización conforme a esta ley, pudiendo contemplarse en ellos la prestación de servicios de asistencia técnica a quienes lo requieran.
     Artículo 8º.- Para los efectos de esta ley se entiende por regularización el acto administrativo del Director de Obras Municipales por el cual se otorga simultáneamente el permiso de edificación y la recepción final de la construcción.
     Artículo 9º.- Los municipios que en conformidad a esta ley regularicen las construcciones deberán otorgar las patentes correspondientes. En todo caso, dichas patentes quedarán sujetas a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
     Artículo 10.- Los derechos municipales que menciona el artículo 6° serán aquellos a que se refiere el artículo 130 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en un porcentaje de hasta el cincuenta por ciento que será determinado para cada regularización.      Facúltase al Director de Obras Municipales para otorgar facilidades para el pago de los derechos municipales, pudiendo establecerse cuotas bimestrales o trimestrales, reajustables según el Índice de Precios al Consumidor hasta por un plazo no superior a dieciocho meses, contado desde la fecha en que se celebre el respectivo convenio.
     Artículo 11.- Los profesionales a que se refiere esta ley, son aquellos señalados como tales en la Ley General de Urbanismo y Construcciones.".
     Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto promúlguese y llévese a efecto como Ley de la República.      Santiago, 22 de enero de 2009.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Patricia Poblete Bennett, Ministra de Vivienda y Urbanismo.- Patricio Rosende Lynch, Ministro del Interior (S).- Francisco Vidal Salinas, Ministro Secretario General de Gobierno.- Alvaro Erazo Latorre, Ministro de Salud.      Lo que transcribo para su conocimiento.- Paulina Sabal Astaburuaga, Subsecretaria de Vivienda y Urbanismo.

viernes, 17 de febrero de 2012

Incendio en el Ex- Supermercado Coperhua Higueras Talcahuano 2012

Un tremendo  incendio en el sector Higueras de Talcahuano

Saqueado ,abandonado  y finalmente un  incendio  ,termina  con la historia de  la  conocida Coperhua , un lugar que  generaba críticas de parte de los vecinos   a los dueños del recinto   y autoridades , antes del incendio , estaba transformado en una guarida , una boca de lobo , en un  espacio  peligroso .Para los vecinos indicaba el abandono de este sector , carente de aréas verdes ,mala iluminación  e inseguridad .
Ahora viene la propuesta para este sector olvidado :
- un  centro Comercial
- un Centro comunitario .
- construcción de viviendas.
- un  Centro educativo.
- otras iniciativas .
Este sector post terremoto y tsunami  adquiere un tremendo  valor para el istmo de las tierras bajas .


 14 de febrero 2012 .
















    
                                                                      HERNAN PINO SEGUEL
                                                                  CONCEJAL DE TALCAHUANO

                                                 ASI SE INFORMO

Incendio afectó a ex supermercado en sector Higueras de Talcahuano
Martes 14 febrero 2012 | 16:54
Un violento incendio se registró en el sector Higueras de Talcahuano, en donde un ex supermercado fue consumido por las llamas.
Las diez compañías de Bomberos de la comuna puerto llegaron hasta el sector Las Higuieras, para extinguir el incendio que afectó a las abandonadas dependencias de la Ex Cooperativa de Trabajadores de Huachipato, edificio conocido como La Coperhua.
Durante casi una hora los voluntarios trabajaron para impedir que las llamas alcanzaran los cables eléctricos o, peor aún, los departamentos que se encuentran a sólo metros de la estructura siniestrada, labores que se vieron amenazadas a raíz del fuerte viento del lugar.
Los vecinos se mostraron preocupados por el futuro que tendrá el recinto. Principalmente porque este edificio está a cargo de una Junta Liquidadora que desde hace meses debía rematar la estructura.
En el lugar, el alcalde subrrogante de Talcahuano adelantó que el municipio ordenará una investigación para dar con las causas del siniestro
 FUENTE ;  http://www.biobiochile.cl/2012/02/14/incendio-afecta-a-ex-supermercado-en-sector-higueras-de-talcahuano.shtml   
                            
                                           TEMA TRATADO POR LOS VECINOS 

  Publicado el 16 Octubre, 2011 a las 9:28 pm

Jornada vecinal en Higueras: el conflicto de la ex cooperativa Coperhua.


 
Durante la tarde de este domingo, la Junta de Vecinos número 26 “Alianza”, perteneciente al sector de Higueras,  en Talcahuano, realizó una actividad familiar, de carácter informativa La que contó con actividades para niñas y niños, venta de mote con huesillo, feria de las pulgas y la presentación de dos bandas provenientes de otras regiones. Uno de los objetivos de la jornada fue poner al tanto a vecinas y vecinos sobre la situación del abandonado espacio donde se encuentra la ex cooperativa Coperhua.PA0400131 300x225 Jornada vecinal en Higueras: el conflicto de la ex cooperativa Coperhua.
Luego del terremoto, se derrumbaron las cercas que delimitaban el perímetro del lugar y parte de su estructura, por lo que el edificio se convirtió en un espacio para la acumulación de basura, la aparición de plagas y el consumo de alcohol y drogas. El problema no es sólo ese, hace un tiempo, los vecinos y vecinas de Higueras han considerado la idea de darle un uso al sitio, que cuenta con un espacioso edificio que permitiría albergar el sinnúmero de actividades deportivas, talleres y una radio comunitaria, que funcionan en la actualidad en la sede, pero el espacio no es suficiente y, por ende, la posibilidad de tener un espacio mayor para realizar todas las actividades sería muy beneficioso para la comunidad.
PA0400564 300x225 Jornada vecinal en Higueras: el conflicto de la ex cooperativa Coperhua.Sin embargo, el terreno y el espacio pertenece en parte a la empresa Huachipato y algunos privados, quienes además de no hacerse cargo del deteriorado espacio que está afectando la calidad de vida de la población, no tienen intención alguna de cederlo a la comunidad para que ellas y ellos le den un uso que vaya en beneficio del sector.
La jornada de hoy fue la primera instancia donde las vecinas y vecinos de Higueras se reunieron para conversar el tema y evaluar las acciones a seguir para una posible utilización del espacio. No obstante, es un trabajo continuo, y gracias a la organización de las vecinas y los vecinos del sector, las problemáticas se conversan y se exponen a la comunidad y a las autoridades encargadas.

FUENTE : metiendo ruido .com


miércoles, 1 de febrero de 2012

Celebración del Dïa Mundial de los Humedales Talcahuano 2012

 Día Mundial de los Humedales 2012

La  COORDINADORA TALCAHUEÑO , invita a  CELEBRAR EL DIA MUNDIAL DE LOS HUMEDALES , en  Talcahuano , en  el Humedal Perales ,  el jueves 2 de febrero 2012 a las 10.30 horas .

Los ambientalistas de  la Talcahueño   tratarán el tema  el HUMEDAL O BOFEDAL"  TAIGUEN  y LAS CANCHAS " de la península de Tumbes  "  y el Humedal de la Isla Quiriquina "LAGO  LOS PATOS "  , destancando  el tema internacional del 2012 "HUMEDALES Y TURISMO , OPORTUNIDADES  Y BENEFICIOS POR DESCUBRIR ".

El Concepción Metropolitano  Zona Istmo , es decir relleno en el mar , tiene un tremendo potencial  en las comunas de Talcahuano, Hualpén , San Pedro de la Paz , Coronel  y Concepción , en cuanto al tema internacional   del 2012 .

"Humedales y turismo,
oportunidades y beneficios por descubrir"

HUMEDAL O BOFEDAL TAIGUEN , península de Tumbes Talcahuano.

 HUMEDAL O BOFEDAL  LAS CANCHAS , península de Tumbes Talcahuano.
HUMEDAL LAGO LOS PATOS ,Isla Quiriquina Talcahuano.

HUMEDAL LAGUNA LAS TRES PASCUALAS.

HUMEDAL CANAL EL MORRO.


                                                                                           HERNAN PINO SEGUEL
                                                                                   CONCEJAL DE  TALCAHUANO
                                                                                   hernanpino2005@yahoo.es

                                          DOCUMENTOS

 

¿Qué podemos hacer para que este DMH
se centre en el turismo de humedales?
El Día Mundial de los Humedales de 2012 ofrece grandes oportunidades de enfocar la campaña del DMH en algún aspecto del turismo que sea pertinente y útil para los humedales de tu propia localidad y el desarrollo de emprendimientos ecoturísticos.
Tal vez represente una ocasión para promover la conciencia sobre cómo las personas pueden ser «turistas responsables» tanto en lo que respecta a su comportamiento en calidad de turistas como a la elección de hoteles u operadores turísticos que se preocupen por la sostenibilidad de sus operaciones y del ambiente.
Tal vez sea una oportunidad de colaborar con operadores turísticos locales en lo referente a la huella ambiental que dejan a su paso o al papel que pueden desempeñar con los turistas para concienciarlos sobre las cuestiones ambientales –señalan la Convención Ramsar y la OMT.
Tal vez suponga una oportunidad para debatir con los formuladores de políticas a todos los niveles la necesidad de garantizar que los humedales y sus valores turísticos se integren plenamente en las políticas y los planes turísticos, o bien para trabajar con las comunidades locales para mejorar sus conocimientos como guías o bien ofrecer estancias en hogares o en emprendimientos cooperativos. Son tantas las posibilidades … –destacan .
¿Por qué es importante cuidar nuestros humedales?
Los humedales en buen estado, prestan servicios ecosistémicos en beneficio de la gente: seguridad alimentaria; seguridad del agua; un “seguro” ambiental gracias a la formación de zonas tampón naturales frente a los daños que causan las tormentas, inundaciones y sequías; a todo ello hay que añadir su valor espiritual, recreativo, educativo y cultural.
Los humedales degradados, en cambio, pueden provocar la aparición de enfermedades infecciosas y el resurgimiento de enfermedades relacionadas con el agua, comprometiendo igualmente la salud humana, y pueden hacer que disminuya la biodiversidad y disponibilidad de plantas y animales de los humedales con valores alimentarios y medicinales de particular importancia para las poblaciones rurales y otras comunidades.
Los Sitios Ramsar y otros humedales del planeta tienen mucho que ofrecer al turista aventurero/a. Los humedales y su vida silvestre constituyen una parte fundamental de la experiencia turística a nivel mundial: las posibilidades van desde visitar los humedales subterráneos kársticos de las cuevas de Skocjan en Eslovenia, hasta experimentar unas imponentes puestas de sol en el Sitio Ramsar La restinga en Venezuela; desde subir a los humedales en altura como los de la Puna en Argentina y Bolivia hasta disfrutar de cabalgatas, navegaciones y caminatas para observación de las aves en el Sitio Ramsar Jaaukanigás en la planicie aluvial del portentoso río Paraná.
¿Que se considera ecoturismo o turismo sostenible?
Toda forma de turismo basado en la naturaleza en la que la motivación principal de los turistas sea la observación y apreciación de esa naturaleza o de las culturas tradicionales dominantes. Incluye elementos educacionales y de interpretación.
Generalmente, está organizado para pequeños grupos por empresas especializadas. Reduce todo lo posible los impactos negativos sobre el entorno natural y sociocultural. Contribuye a la protección de las zonas naturales utilizadas como centros de atracción de ecoturismo, incrementando la conciencia sobre su conservación.
La definición de ecoturismo de la Organización Mundial del Turismo
Ecoturismo se emplea para designar las formas de turismo que cuentan con las siguientes características:
• Toda forma de turismo basado en la naturaleza en la que la motivación principal de los turistas sea la observación y apreciación de la naturaleza o de las culturas tradicionales dominantes en las zonas naturales.
• Incluye elementos educacionales y de interpretación.
• Generalmente, si bien no exclusivamente, está organizado para pequeños grupos por empresas especializadas. Los proveedores de servicios que colaboran en el destino tienden a ser pequeñas empresas de propiedad local.
• Procura reducir todo lo posible los impactos negativos sobre el entorno natural y sociocultural.
• Contribuye a la protección de las zonas naturales utilizadas como centros de atracción de ecoturismo:
- Generando beneficios económicos para las comunidades, organizaciones y administraciones anfitrionas que gestionan zonas naturales con objetivos conservacionistas;
- Ofreciendo oportunidades alternativas de empleo y renta a las comunidades locales;
- Incrementando la conciencia sobre la conservación de los activos naturales y culturales, tanto en los habitantes de la zona como en los turistas.
Por turismo sostenible se entiende la puesta en práctica en el turismo de los principios del desarrollo sostenible establecidos en la Cumbre de la Tierra celebrada en Río en 1992. Ello significa garantizar que el turismo:
• proteja el medio ambiente y contribuya a la conservación de la biodiversidad;
• respete a las comunidades locales, su patrimonio cultural y sus valores; y
• aporte a todas las partes interesadas beneficios socioeconómicos, que se distribuyan de forma equitativa y que comprendan oportunidades de empleo estable y de obtención de ingresos y servicios sociales para las comunidades locales; y contribuya a la reducción de la pobreza.
Fuentes: Convención Ramsar; Organización Mundial del Turismo; Prensa PROTEGER

 

 

 

Sitios Ramsar en Chile

Lista actualizada.

12 sitios naturales en nuestro país son parte la red internacional humedales de importancia para la conservación de la diversidad biológica mundial y el sustento de la vida humana, también denominada Lista Ramsar.
El nombramiento lo otorga la "Convención sobre los Humedales de Importancia Internacional", también llamada "Convención de Ramsar". La entidad corresponde a un tratado intergubernamental, adoptada en el pueblo homónimo de Irán en 1971 y en vigor desde 1975, en el cual sus 160 países (bajo la figura de "partes contratantes") se comprometen a mantener las características ecológicas de los humedales y planificar su uso sostenible. Chile es "parte contratante" desde 1981.
Fundación Kennedy participó activamente en la postulación de Parque Andino Juncal como Sitio Ramsar, siendo designado como tal en mayo 2010.

Lista actualizada de los sitios en Chile.

Nombre Designación Región Área Coordenadas
Bahía Lomas 06/12/04 Magallanes 58,946   ha 52°38’S 069°10’W
Carlos Anwandter Sanctuary 27/07/81 Los Lagos 4,877     ha 39º41’S 073º11’W
Humedal el Yali    02/12/96 Valparaíso 520         ha 33º50’S 071º38’W
Laguna del Negro Francisco y Laguna Santa Rosa 02/12/96 Atacama 62,460   ha 27º27’S 069º13’W
Parque Andino Juncal 22/05/10 Valparaíso 13,796   ha 32°55’S 070°03’W
Salar de Aguas Calientes IV 14/08/09 Antofagasta 15,529   ha 24°59’S 068°38’W
Salar de Pujsa 14/08/09 Antofagasta 17,397   ha 23°11’S 067°32’W
Salar de Surire 02/12/96 Arica y Parinacota 15,858   ha 18º51’S 069º00’W
Salar de Tara 02/12/96 Antofagasta 96,439   ha 22º56’S 067º15’W
Salar del Huasco 02/12/96 Arica y Parinacota 6,000     ha 20º18’S 068º50’W
Santuario de la Naturaleza Laguna Conchalí 02/02/04 Coquimbo 34           ha 31°53’S 071°30’W
Sistema hidrológico de Soncor del Salar de Atacama                02/12/96 Antofagasta          67,133   ha 23º18’S 068º10’W
La lista completa de los 1923 Sitios Ramsar en el mundo, está disponible en el siguiente documento http://www.ramsar.org/pdf/sitelist.pdf

Fundación Kennedy

Abril 2011
comunicaciones@fundacionkennedy.cl